Bachillerato: Andalucía. Curso 2024/2025
1. Descripción de la etapa (Bachillerato):
El Bachillerato es una etapa educativa postobligatoria que comprende de los 16 a los 18 años. Esta etapa se caracteriza por presentar una organización de las enseñanzas flexible aunque ajustada a las expectativas del alumnado, con objeto de permitir su especialización en función de sus necesidades e intereses para el futuro y de su incorporación a estudios posteriores o a la vida laboral.
El Bachillerato tiene como finalidad proporcionar formación, madurez intelectual y humana,conocimientos, habilidades y actitudes que permitan desarrollar funciones sociales e incorporarse a la vida activa con responsabilidad y competencia. Deberá permitir la adquisición y logro de las competencias indispensables para el futuro formativo y profesional y capacitar para el acceso a la educación superior.
Esta etapa se organiza en cuatro modalidades, siendo éstas las siguientes:
- Modalidad de Ciencias y Tecnología
- Modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales.
- Modalidad de Artes.
- Itinerario Artes Plásticas.
- Itineratio Artes Escénicas, Música y Danza.
- Modalidad General.
La modalidad de Artes, a su vez, cuenta con dos itinerarios, uno de ellos referido a Artes Plásticas, Diseño e Imagen y el otro a Artes Escénicas, Música y Danza. Asimismo, para las otras dos modalidades existentes es posible fijar distintos itinerarios en función de la programación de la oferta que realicen los centros docentes.
Al final de esta etapa se consigue el Título de Bachiller que capacitará al alumnado para su acceso a estudios superiores o para su inserción en el mundo laboral.
Más información:
2. Requisitos de acceso:
Para acceder a los estudios de Bachillerato es necesario estar en posesión del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
También se podrá acceder a cualquiera de las modalidades de Bachillerato con el Título de Técnico de Artes Plásticas y Diseño o de Técnico Deportivo.
3. Acceso a las universidades andaluzas:
MATERIAS DEL DEPARTAMENTO DE TECNOLOGÍA. CURSO 2024/2025
3. Materias del departamento de Tecnología por niveles en Bachillerato (Andalucía)
- 1º Bachillerato:
- Tecnología e Ingeniería I: asignatura específica de modalidad (obligada oferta). El horario lectivo es de 4 horas semanales.
- Tecnología de la Información y la Comunicación I (TIC- I): asignatura optativa propia de la comunidad andaluza.
- Creación Digital y pensamiento computacional: asignatura optativa propia de la comunidad andaluza.
- 2º Bachillerato:
- Tecnología e Ingeniería II: asignatura específica de modalidad (obligada oferta) (4h/semana)
- Tecnología de la Información y la Comunicación II (TIC II): asignatura optativa propia de la comunidad andaluza
- Electrotecnia: asignatura optativa propia de la comunidad andaluza.
- Imagen y sonido: asignatura optativa propia de la comunidad andaluza.
4. Normativa en vigor. Bachillerato en Andalucía.
Normativa Curso 2024/25. Bachillerato
- Real
Decreto 243/2022, de 5 de abril, por el que se establecen la
ordenación y las enseñanzas mínimas del Bachillerato. PDF
-
Decreto
103/2023, de 9 de mayo, por el que se
establece la ordenación y el currículo de la etapa de Bachillerato en la
Comunidad Autónoma de Andalucía.
PDF
- Orden de 30 de mayo de 2023, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la etapa de Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan determinados aspectos de la atención a la diversidad y a las diferencias individuales y se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado. PDF_PARTE1 PDF_PARTE2
** NORMATIVA DE CURSOS ANTERIORES: **
Normativa Curso 2022/2023: Tecnología e Ingeniería -I
Normativa Curso 2022/2023: Tecnología Industrial -II
- Orden de 15 de enero de 2021, por la que se desarrolla el currículo correspondiente al bachillerato en la comunidad autónoma de Andalucía. Boletín extraordinario nº 7 de 18/01/2001. PDF
- REAL DECRETO 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato (BOE 03-01-2015).
- Orden de 14 de julio de 2016, por la que se desarrolla el currículo correspondiente al Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan determinados aspectos de la atención a la diversidad y se establece la ordenación de la evaluación en el proceso de aprendizaje del alumnado.
Orden de 15 de enero de 2021, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la etapa de Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan determinados aspectos de la atención a la diversidad y se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado. PDF1, PDF2
** Nota: Este decreto establece la ordenación y el currículo correspondiente al Bachillerato en Andalucía, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2006 -LOE-, de 3 de mayo, tras haber sido modificada por la Ley orgánica 8/2013 -LOMCE-, de 9 de diciembre, y en el Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la educación Secundaria obligatoria y del Bachillerato.
TECNOLOGÍA E INGENIERÍA -I (1º BACH.)
TECNOLOGÍA E INGENIERÍA -II (2º BACH.)
Horario Lectivo 1º Bach. Andalucía. Orden 30 de mayo 2023 |
Horario Lectivo 2º Bach. Andalucía. Orden 30 de mayo 2023 |
Normativa derogada:
5. Objetivos de la etapa (Bachillerato):
6. Objetivos de la materia (Tecnología Industrial)
todotecnologia-eso.blogspot.com
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CONTENIDOS NIVEL BACHILLERATO. ANDALUCÍA:
7. Marco Normativo Bachillerato (Andalucía)
- Decreto Bachillerato Andalucía:
- DECRETO 110/2016, de 14 de junio, por el que se establece la ordenación y el currículo del Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA 28-06-2016).
- Orden Bachillerato Andalucía:
- ORDEN de 14 de julio de 2016, por la que se desarrolla el currículo correspondiente al Bachillerato en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan determinados aspectos de la atención a la diversidad y se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado (Texto consolidado, 24-02-2018)
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CONTENIDOS NIVEL BACHILLERATO. ANDALUCÍA:
NOTA: LEGISLACIÓN OBSOLETA
NOVEDADES:
Borrador Decreto Bachillerato en Andalucía (diciembre/2015)
MATERIAS DEL DEPARTAMENTO DE TECNOLOGÍA:
TECNOLOGÍA INDUSTRIAL es una materia de modalidad en el Bachillerato Científico-Tecnológico. La siguiente información tiene la finalidad de proporcionar elementos de juicio a padres y alumnos sobre la posibilidad de su elección.
La asignatura de Tecnología Industrial resulta vertebradora y panorámica para el Bachillerato Científico-Tecnológico y está orientada fundamentalmente hacia alumnos y alumnas interesadas en los estudios universitarios de ingeniería, arquitectura, matemáticas, ciencias físicas, entre otros.
Tecnología Industrial se imparte en los dos cursos de Bachillerato. Para cursar la Tecnología Industrial-II de 2º de Bachillerato resulta imprescindible haber cursado la de 1º.
1º BACHILLERATO
CONTENIDOS
La asignatura de Tecnología Industrial-I proporciona formación en los siguientes campos:
- El acero y los materiales metálicos. Procesos y estructuras.
- Materiales plásticos.
- Propiedades mecánicas. Resistencia de materiales.
- Mecanismos: transmisión, transformación y soportes.
- Circuitos eléctricos.
- Circuitos neumáticos y electroneumáticos.
- Procedimientos de fabricación.
- Energía y sus transformaciones.
- Producción de energía. Impacto del proceso y ahorro energético.
- El sistema productivo y los factores productivos.
2º BACHILLERATO
CONTENIDOS
La asignatura de Tecnología Industrial-II proporciona formación en los siguientes campos:
- Materiales.
- Estructura interna.
- Oxidación y corrosión.
- Recuperación y reciclaje de materiales.
- Motores térmicos.
- Máquinas frigoríficas y bomba de calor
- Motores eléctricos.
- Sistemas automáticos.
- Tipos de sistemas de control.
- Componentes de los sistemas automáticos.
- Realimentación.
- Circuitos neumáticos y oleohidráulicos.
- Electrónica digital.
- Sistema binario. Puertas lógicas. Álgebra de Boole.
- Circuitos combinacionales.
- Circuitos secuenciales. Biestables.
- Sistemas de control programado. El ordenador y el autómata programable.